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EsSalud desnuda y el seguro apresurado

 Alexandro Saco
Comunicador, especialista en temas de Salud

De tanto presentar una imagen de eficiencia, parecía verdad que EsSalud mejoraba sustancialmente. Los millones de dólares gastados en publicidad en los últimos años, de sobra alcanzarían para resarcir las los daños producidos a los pacientes que una Defensoría de Asegurado inútil no pudo proteger. Los bonos de productividad por mayores atenciones u operaciones, hoy expresan lo que realmente son: un estímulo para la arbitrariedad. Barrios y sus gestores han sido desnudados como todo lo contrario a lo que aspiraban ser reconocidos. Pretendieron diferenciarse del MINSA donde todo podía suceder, pero la inconsistencia sanitaria termina por aflorar.

No podía ser lógico que el MINSA esté afectado por tantas limitaciones, y el otro gran prestador de salud del país sea una isla de eficiencia. Obviamente, la farsa se iba a descubrir. Y no sólo por los médicos ágilmente amputadores, sino por una serie de trabas e ineficiencias que EsSalud nunca ha logrado superar. Cuando se demostró que Barrios llevaba ancianos por la madrugada de un hospital a otro para la foto inaugural del San Isidro Labrador, ya era evidente la entraña que conducía su política. Si el responsable de la seguridad social en el país es capaz de utilizar a los más indefensos para contentar a Alan, cualquier cosa se podía esperar de esa gestión.

¿Seguro obligatorio?

Inesperadamente EsSalud y sus médicos han creado la ventana de oportunidad para tratar de resolver lo que es claro: los prestadores de salud del país, sean públicos privados o mixtos, no han asumido su responsabilidad frente a los eventos adversos que se dan en la práctica, y el gremio médico con su constante arrogancia hoy no tiene voz legitimada[1]. Pero esta posibilidad de resolver el entrampamiento que afecta a miles de familias, puede truncarse si no aplicamos la lógica pública antes que el interés privado.

La reparación inmediata y la indemnización correspondiente a la que toda persona afectada por una negligencia u otro evento adverso tiene derecho están establecidas en la ley vigente[2], y debe hacerse efectiva en el menor tiempo y trámite posible; la falta de reglamentación por el MINSA obstaculiza este derecho.  En ese sentido, la propuesta de un seguro obligatorio para las instituciones privadas o públicas, e individual para los profesionales de la salud (Proyecto del Poder Ejecutivo), no garantiza la reparación inmediata ni el resarcimiento efectivo. Ninguna aseguradora puede garantizar inmediatez en la reparación de un daño y menos en la obtención de una indemnización justa, porque requerirá que se demuestre por qué debe resarcir, tomando eso un tiempo indeterminado. Ello debido a la propia naturaleza de los aseguradores, que como empresas tienen el mandato de maximizar sus beneficios en detrimento de los asegurados.

No se da entonces la lógica pública indispensable para garantizar un derecho, sino se pretende ir hacia una lógica privada, que puede ser muy válida para otros ámbitos, pero insuficiente para la salud. Además del daño físico y psicológico producido por la negligencia o evento adverso, el afectado y su familia luego se tendrían que enfrentar a las bondadosas empresas aseguradoras para lograr resarcimiento. La intervención privada en salud pública, para ser útil, debe estar muy bien regulada y funcionar con límites establecidos; de lo contrario entregamos un bien público a una esfera que no lo sabrá manejar, más aun teniendo en cuenta el apuro político que hoy vemos. El Estado peruano hoy no tiene la capacidad para ordenar a los agentes que intervienen en los temas sanitarios.

Fondo público

En ese contexto lo idóneo sería la conformación de un fondo público que permita la reparación inmediata al daño producido sobre la base de la responsabilidad institucional[3] que le compete al establecimiento de salud, y la implementación de mecanismos extrajudiciales para determinar la indemnización de ser necesaria. Y en el caso de los prestadores privados, la conformación de un fondo producto de los recursos que las empresas dedicadas a servicios de salud generan  que vienen creciendo constantemente, y la aplicación de la reparación inmediata sobre la misma responsabilidad institucional; si bien la prensa enfoca más las arbitrariedades producidas en los servicios del Estado, no es un secreto las cosas que suceden en los servicios privados. Y en el caso de la práctica privada individual, habrá que analizar qué salidas intermedias se pueden establecer.

En este contexto, que permite avanzar hacia una protección por daños producidos en los prestadores de salud, es necesario actuar con calma, para que la implementación de mecanismos de protección no derive como en tantos otros casos, en un esquema que termine favoreciendo intereses alejados de la lógica pública necesaria en este tema. Seguiremos frente a acciones quizá relevantes pero no sustanciales, mientras esté pendiente la reforma en salud, necesaria para cimentar un real proceso de desarrollo social en el que peruanos y peruanas ejerzamos nuestras libertades sobre la base de los derechos consolidados.

 


[1] Ciro Maguina, Decano del Colegio Médico del Perú, ha llegado a decir que los casos aparecidos son una cortina de humo y los ha comparado con las vírgenes que lloran creadas por Montesinos la década pasada.

[2] La ley 29414, de derechos de los usuarios de los servicios de salud, aprobada en octubre de 2009 por el Congreso, establece explícitamente el derecho a la reparación inmediata y a la indemnización respectiva.

[3] La responsabilidad institucional significa que en primera instancia es la institución prestadora de salud la que se responsabiliza por el daño causado y actúa en consecuencia. Esta responsabilidad existe ya y es aceptada en otros campos; con mayor razón debe aplicarse a la salud al ser un bien que implica la integralidad del humano.

 

 
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