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TELEFÓNICA ES MULTADA CON S/. 301,750

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) declaró infundando el recurso de apelación presentado por Telefónica del Perú y la sancionó con una multa de 85 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 301,750 soles, por infracción grave en perjuicio de los usuarios.

 Explicó que la sanción se genera porque la empresa no ha cumplido con brindar información clara, veraz, detallada y precisa sobre las condiciones de prestación de su producto TRIO, a través de su servicio 104 y en su oficina de atención en el distrito de Surco.

Según informa la agencia Andina, las acciones de supervisión realizadas por el regulador tuvieron como objetivo verificar la información que estaba brindando Telefónica, para lo cual, comportándose como usuarios, los funcionarios hicieron varias llamadas para establecer contacto con los operadores.

Las preguntas estuvieron referidas a la vigencia de la oferta TRIO y la consecuencia directa luego de terminada la promoción, señala la resolución del consejo directivo del Osiptel.
Los operadores debieron precisar que la promoción tenía un plazo de vigencia de seis meses desde la contratación del producto, que la tarifa promocional no era indefinida y que, por tanto, el monto del pago mensual se incrementaría terminada la promoción.

No obstante, la información que se brindó de manera reiterada por los operadores fue que la tarifa no variaría y se mantendría indefinidamente.

En consecuencia, según el Osiptel, Telefónica no proporcionó a los usuarios la información necesaria para adoptar una decisión o realizar una elección adecuada para la contratación de los servicios públicos de telecomunicaciones.

Fuente: Diario Gestión

 
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